Exposición pública de la ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad
Con esta ordenanza se adapta la normativa, en base a las Recomendaciones de la Entidad especializada APAMEX, a la regulación estatal y autonómica al respecto, vigente desde 2014. En resumen, las novedades de la misma son:
Se otorgarán tarjetas no a cualquier persona con discapacidad sino solo a las que tengan reconocida la movilidad reducida. Asimismo se concederá a personas con determinada discapacidad visual; y a casos excepcionales de personas que, sin tener esos reconocimientos, estén en situación de enfermedad o patología de extrema gravedad; así como a empresas que tengan vehículos de transporte colectivo de personas con discapacidad . Se regula en la Ordenanza los documentos justificativos a presentar, los derechos y obligaciones de los titulares y el procedimiento de concesión y renovación.
Por otro lado, se regula la dotación, ubicación, disposiciones técnicas y procedimiento de solicitud de reservas de plazas de aparcamiento. Señalar que se establecen los llamados “centros de actividad” (zonas comerciales, escolares, administrativas) que deberán disponer de un mínimo de una plaza reservada por cada cuarenta plazas de aparcamiento. Además, se establece, de acuerdo con la normativa, que se reservarán al menos el dos por ciento de las plazas de aparcamiento situadas en las vías públicas y una por cada veinte o fracción en las inmediaciones de los centros sanitarios, asistenciales y/o de atención a la discapacidad.
También el Ayuntamiento de Almendralejo adoptará las medidas adecuadas para facilitar el aparcamiento de vehículos a personas titulares de la tarjeta de estacionamiento cerca de su centro de trabajo o domicilio.
Con esta nueva regulación desaparecen las limitaciones horarias que se habían establecido en algunas zonas de la ciudad.
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Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad |