Comunicación

La Junta de Extremadura habilita un sistema de información de las ayudas para la reactivación empresarial

ayudas empresas
La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, a través de la Dirección General de Empresa, habilita un sistema integral de información para que empresas y autónomos de la región puedan informarse y resolver sus dudas sobre las ayudas para la reactivación empresarial (Decreto 15/2020) y las ayudas específicas para la reactivación y recuperación de la hostelería, comercio, turismo y otros sectores afectados por la Covid-19 (Decreto 1/2021).

Concretamente el sistema de información está integrado por la línea telefónica de atención 900 108 353 y el correo electrónico ayudasreactivacion@juntaex.es. Ambos canales de comunicación serán atendidos por personal técnico de Empresa para resolver las consultas y dudas en horario de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes.

Del mismo modo, toda la información referente a estas ayudas está disponible en la web de Extremadura Empresarial (https://extremaduraempresarial.juntaex.es/), que además del contenido detallado de estas subvenciones, incorpora una sección de preguntas frecuentes - FAQS, destinada a responder algunas de las cuestiones más frecuentes sobre temas concretos relacionados con estas subvenciones.

Las ayudas de concesión directa recogidas en el Decreto 15/2020, dotadas con 10 millones de euros, tienen como objetivo asegurar el mantenimiento del tejido productivo y el empleo en la región. Las pymes y autónomos extremeños afectados por la crisis sanitaria pueden solicitarlas hasta el 1 de febrero para reducir los problemas de liquidez y hacer frente a sus gastos fijos.

Por otra parte, el programa de ayudas recogido en el Decreto 1/2021 y dotado con 40 millones de euros, están destinadas a prestar apoyo económico a las pymes con centro productivo en Extremadura, con independencia de cuál sea su forma jurídica, pertenecientes a los sectores de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores empresariales afectados en su actividad por la COVID-19 y que se recoge en el Decreto-Ley. Estas ayudas también son de concesión directa y el plazo de solitud es del 1 al 28 de febrero.

Además, empresas y autónomos pueden concertar una cita en el Punto de Acompañamiento Empresarial más cercano para recibir asesoramiento personalizado,  información adicional y/o resolver sus dudas acerca de estas ayudas.

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