El Ayuntamiento somete a exposición pública la nueva ordenanza de VMP
Un VMP es un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre los 6 y los 25 km/h.
La ordenanza, que se puede consultar en el archivo adjunto, consta de cuaro capítulos en los que se recoge que los patinetes deben circular por la calzada o carril bici, nunca por la acera o zonas peatonales. Su utilización no necesita autorización por parte del Ayuntamiento, y la edad mínima para su uso es de 16 años. Los menores de 16 deberán estar supervisados por un adulto. Los VMP no deben estacionarse en los árboles o bancos.
El texto cuanta en total con 19 artículos, una disposición transitora y un anexo en el que se detallan las características.
La finalidad de su regulación, no es otra que la de favorecer la seguridad vial y garantizar que la circulación de estos vehículos se realice de una forma adaptada y segura, haciéndola compatible con los diversos usos de la vía púbica.
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Ordenanza VMP |