La Junta de Gobierno aprueba la convocatoria de subvenciones para clubes y escuelas deportivas
La edil ha indicado que a esta convocatoria pueden optar todas las actividades deportivas que se ejecuten entre el 1 de septiembre de 2021 y 31 de agosto de 2022 y que se justifiquen dentro de los plazos establecidos. La partida destinada para estas subvenciones es de 190.000 euros que se repartirán en tres líneas:
- Escuelas deportivas 110.000 euros
- Entidades deportivas en competiciones regionales, nacionales e internacionales: 50.000 euros
- Eventos deportivos: 30.000 euros
Del Puerto ha explicado que este año se convocarán mediante tres bases, y no solo una con tres líneas como en años anteriores. Además, otra de las novedades es que la cuantía máxima para los eventos pasa de 2.500 a 3.00 euros.
En cuanto a los gastos subvencionables, ha indicado, se han incluido para escuelas y clubes, cursos de formación relacionados con la modalidad deportiva, alquiler de instalaciones deportivas y, material y productos de prevención Covid, que en algunos casos sigue siendo necesario. En las bases para la modalidad de eventos, además del material, también se incluye seguridad y vigilancia.
Para el programa de escuelas se valoran los conceptos como el número de niños, número de niñas, niñ@s con diversidad funcional, de familiar numerosas, formación, monitores, alta de monitores, participación en actos de España en la temporada anterior; y se eliminan los conceptos de material, coordinación y gestión y valoración de proyectos, como en la pasada temporada.
Para las entidades deportivas en competiciones regionales, nacionales e internacionales en deportes de equipo se valoran los conceptos relacionados con el número de deportistas federados, competición, entrenadores, años de antiguedad del club y se elimina el de kilómetros realizados.
El pago de las subvenciones se realizará en un 50 por ciento del importe total de la cuantía concedida tras la aprobación y notificación a la entidad beneficiaria, y el segundo 50 por ciento restante será abonado una vez justificado el 100% de la subvención concedida. Esta fórmula no será válida para los eventos que se justificarán una vez se hayan realizado.
Para la justificación de la subvención será necesaria una memoria de actuación que justifique las actividades realizadas y los resultados obtenidos, así como su relación con los justificantes de gasto; y una memoria económica que justifique los gastos efectuados debidamente pagados con cargo a la subvención. En este apartado se detallan las diferentes formas de pago y los datos que debe contener para que no sean rechazadas.
El plazo para presentar las solicitudes se abrirá durante quince días tras la publicación del documento en el Boletín Oficial de la Provincia.